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Certificaciones de Aptitud Eléctrica para locales menores a 150 m2

Debido a que desde el área de Habilitaciones dejaron de solicitar las Certificaciones de Aptitud Eléctrica para locales menores a 150 m2, se produjo un reclamo por parte de los matriculados de la rama eléctrica de este Distrito VI.

En tal sentido, el Consejo Directivo, participó de una reunión a la que asistieron directivos del Área de Habilitaciones, Jefe del Departamento de Electricidad y Mecánica y Secretario de Economía de Bahía Blanca, donde se trató la problemática presentada por parte del Colegio de Técnicos, en la que hizo referencia en hacer cumplir la ordenanza municipal vigente.

Del estudio del presente caso, se analizó con profundidad la ordenanza Municipal 11233, en la cual en el Punto 10.3 expresa que toda Autorización para la colocación de medidores de energía eléctrica en viviendas, comercios o industrias deberá, previamente, gestionarse con la intervención de un profesional matriculado, el que deberá certificar mediante informe técnico el estado de la instalación, previa intervención del Colegio respectivo, y presentado en el Departamento de Electricidad y Mecánica,  siendo el profesional el único responsable, pudiendo la Municipalidad dentro de los 45 días corridos verificar la veracidad del informe  y actuar en caso de faltar a la verdad.

En el informe debe contar que la instalación eléctrica cumple con las disposiciones del presente reglamento e indicar cuál es la potencia máxima que puede demandar, el valor de puesta a tierra y aislación de conductores.

Esto debe realizarse también en caso de cambio de titularidad del medidor.

Para los comercios e industrias se deberá entregar a la Municipalidad, además del informe técnico, la constancia de Habilitación aprobada o en trámite.

Del análisis en cuestión, desde el Departamento de Habilitaciones se incorporará dentro de los requisitos de habilitación el Número de Nis del medidor a nombre del titular que habilita el comercio, teniendo un período punitorio de 30 días comenzado el trámite de Habilitación.

Ese Número de NIS será gestionado por el titular del comercio, presentando el C.A.E. ante la prestataria, para poder finalizar el trámite de habilitación definitiva.

CONSEJO DIRECTIVO -DISTRITO VI- COLEGIO DE TÉCNICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES